Último de los tres plazos escalonados de los Grandes Contribuyentes Nacionales: 15 de enero, 15 de marzo y 15 de mayo de 2024.
La obligación depende de la clasificación del contribuyente. Esta página resume el calendario vigente y te lleva a una calculadora para estimar el tuyo.
La Ley 32-23 organizó la implementación por grupos. La DGII otorgó prórrogas administrativas a grupos posteriores.
Último de los tres plazos escalonados de los Grandes Contribuyentes Nacionales: 15 de enero, 15 de marzo y 15 de mayo de 2024.
Fecha luego de la prórroga aplicada a ese grupo.
Nueva fecha tras la prórroga generalizada de seis meses del Aviso 06-26.
Para ser emisor electrónico hay requisitos y un proceso de autorización/certificación.
Estar inscrito en el RNC y registrado como contribuyente con obligaciones tributarias.
Contar con un certificado digital para procesos tributarios.
Cumplir las especificaciones técnicas que establece Impuestos Internos.
Completar la solicitud de autorización a través de la Oficina Virtual.
Aprobar satisfactoriamente el proceso de certificación antes de iniciar la emisión de e‑CF.
Mantener cumplimiento con las disposiciones aplicables sobre comprobantes fiscales.
Usa la calculadora existente para estimar la clasificación y ver el plazo asociado. Luego valida tu situación con la DGII.
Tres guías que resuelven lo que casi siempre se pregunta a continuación.
Requisitos oficiales, el límite de 150 facturas al mes y cómo llevar la contabilidad aparte.
Quién tiene hasta el 15 de noviembre de 2026 y quién lleva fuera de plazo desde 2025.
Qué es, cómo funciona y qué exige la Ley 32-23, explicado desde cero.
El proceso de autorización y certificación, paso a paso.