Si reportas las operaciones de octubre, apunta estas fechas del calendario oficial de la DGII: 10 de noviembre para IR-3 e IR-17, 16 de noviembre para los formatos 606, 607, 608 y 609, y 20 de noviembre para IT-1. El día 16 refleja que el 15 cae domingo. Confirma en la Oficina Virtual cuáles obligaciones corresponden a tu RNC.
Si aún te queda octubre: el IT-1 de septiembre vence el 20 de octubre y, si tu sociedad cerró su ejercicio el 30 de junio, el IR-2 vence el 28 de octubre.
Es el plazo del e-CF, el 15 de noviembre, y solo aplica a micro, pequeñas y no clasificados. Detalles en el calendario del e-CF.
Perderse una fecha de la DGII puede tener consecuencias distintas según la obligación: un formato informativo no se trata igual que una declaración con impuesto a pagar. Esta guía reúne las principales fechas de vencimiento fiscales de 2026, organizadas mes a mes. Confirma en la Oficina Virtual las que corresponden a tu RNC.
Esta guía fue revisada el 19 de octubre de 2026 con el Calendario del Contribuyente 2026 de la DGII. Las fechas pueden moverse por feriados o avisos administrativos. Antes de presentar, confirma el día exacto en la DGII.
Entero de retenciones de diciembre + contribuciones seguridad social
Reporte de compras y ventas de diciembre del año anterior
Declaración y pago del ITBIS correspondiente a diciembre
Enero
Reporte de compras y ventas de enero
Declaración y pago del ITBIS de enero
Febrero
Reporte de compras y ventas de febrero
Declaración y pago del ITBIS de febrero
Declaración anual del ISR de personas físicas correspondiente a 2025
Marzo
Reporte de compras y ventas de marzo
Declaración y pago del ITBIS de marzo
Declaración anual del ISR de sociedades con cierre fiscal en diciembre. El plazo real es 120 días después del cierre.
Abril
Reporte de compras y ventas de abril
Declaración y pago del ITBIS de abril
Mayo
Reporte de compras y ventas de mayo
Declaración y pago del ITBIS de mayo
Junio
Reporte de compras y ventas de junio
Declaración y pago del ITBIS de junio
Julio
Reporte de compras y ventas de julio
Declaración y pago del ITBIS de julio
Agosto
Reporte de compras y ventas de agosto
Declaración y pago del ITBIS de agosto
Septiembre. El 10 cae sábado: la DGII lo pasa al lunes 12
Reporte de compras y ventas de septiembre
Declaración y pago del ITBIS de septiembre
Octubre
Fecha límite para empezar a emitir e-CF: micro, pequeños y no clasificados (Aviso 06-26 de la DGII). A quién aplica
Reporte de compras y ventas de octubre. El 15 cae domingo: la DGII lo pasa al lunes 16
Declaración y pago del ITBIS de octubre
Buen momento para proyectar el ISR del año y hacer ajustes antes de diciembre
Noviembre
Reporte de compras y ventas de noviembre
Declaración y pago del ITBIS de noviembre. El 20 cae domingo: la DGII lo pasa al lunes 21
Última fecha para registrar transacciones del año. Cierre contable, inventario físico y conciliaciones bancarias.
Cuando una fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o feriado nacional, la DGII generalmente corre el plazo al siguiente día hábil. Siempre verifica en el portal oficial de la DGII si hay algún ajuste por feriado.
Presentar o pagar tarde puede generar sanciones. La cifra depende de la obligación incumplida y del período. Para pagos fuera de plazo, la DGII informa un recargo del 3 % por mes o fracción para recargos generados desde el 1 de julio de 2026, además del interés indemnizatorio aplicable. Consulta tu situación en la Oficina Virtual antes de calcular el importe: los formatos informativos y las declaraciones con impuesto a pagar tienen tratamientos distintos.
Cierra tus libros del mes los primeros 5 días del mes siguiente. Así tendrás tiempo de revisar errores antes del día 10 (retenciones/TSS), el día 15 (606/607) y el día 20 (IT-1) sin apuros.
Las sociedades presentan el IR-2 hasta 120 días después de su cierre fiscal. Para 2026, la DGII indica: cierre al 30 de septiembre de 2025, 28 de enero; cierre al 31 de diciembre de 2025, 30 de abril; cierre al 31 de marzo de 2026, 29 de julio; cierre al 30 de junio de 2026, 28 de octubre.
Las personas físicas presentan el IR-1 hasta el 31 de marzo del año siguiente al período declarado. El período enero a diciembre de 2025 vence el 31 de marzo de 2026.
El IR-3 corresponde a las retenciones del ISR de asalariados y el IR-17 a otras retenciones y retribuciones complementarias. No deben confundirse con la declaración anual IR-2 de las sociedades.
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Sí, el 606 y 607 siempre vencen el día 15 del mes siguiente al período que se reporta. Si el 15 cae en feriado, se corre al siguiente día hábil.
Sí. La declaración mensual del ITBIS (formulario IT-1) vence el día 20 de cada mes para el período del mes anterior.
Las empresas con cierre fiscal distinto a diciembre tienen sus propias fechas para el IR-2: 120 días después de su fecha de cierre. Por ejemplo, cierre en junio = vence en octubre.
La obligación y el monto aparecen en tu Oficina Virtual según la declaración de renta y el régimen aplicable. Revísalos allí o con tu contador; no uses una regla trimestral genérica.