Perderse una fecha de la DGII es costoso. Las multas van desde RD$250 hasta porcentajes del impuesto adeudado, más los recargos por mora. Esta guía reúne todas las fechas de vencimiento fiscales del 2026 en un solo lugar, organizadas mes a mes.
Entero de retenciones de diciembre + contribuciones seguridad social
Reporte de compras y ventas de diciembre del año anterior
Declaración y pago del ITBIS correspondiente a diciembre
Enero
Reporte de compras y ventas de enero
Declaración y pago del ITBIS de enero
Declaración ISR anual de personas físicas con actividad empresarial, cierre ejercicio diciembre
Febrero
Reporte de compras y ventas de febrero
Declaración y pago del ITBIS de febrero
Declaración anual de personas físicas sin actividad empresarial (empleados, arrendadores)
Marzo
Reporte de compras y ventas de marzo
Declaración y pago del ITBIS de marzo
Declaración anual del ISR de sociedades con cierre fiscal en diciembre. El plazo real es 120 días después del cierre.
Empresas que pagan ISR en cuotas anticipadas trimestrales
Abril
Reporte de compras y ventas de abril
Declaración y pago del ITBIS de abril
Mayo
Reporte de compras y ventas de mayo
Declaración y pago del ITBIS de mayo
Segunda cuota trimestral de pagos anticipados del ISR
Junio
Reporte de compras y ventas de junio
Declaración y pago del ITBIS de junio
Julio
Reporte de compras y ventas de julio
Declaración y pago del ITBIS de julio
Tercera cuota trimestral de pagos anticipados
Agosto
Reporte de compras y ventas de agosto
Declaración y pago del ITBIS de agosto
Septiembre
Reporte de compras y ventas de septiembre
Declaración y pago del ITBIS de septiembre
Última cuota trimestral del año fiscal
Octubre
Reporte de compras y ventas de octubre
Declaración y pago del ITBIS de octubre
Buen momento para proyectar el ISR del año y hacer ajustes antes de diciembre
Noviembre
Reporte de compras y ventas de noviembre
Declaración y pago del ITBIS de noviembre
Última fecha para registrar transacciones del año. Cierre contable, inventario físico y conciliaciones bancarias.
Cuando una fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o feriado nacional, la DGII generalmente corre el plazo al siguiente día hábil. Siempre verifica en el portal oficial de la DGII si hay algún ajuste por feriado.
No cumplir con las fechas de la DGII tiene costos reales. Aquí el resumen de las penalidades más comunes:
Cierra tus libros del mes los primeros 5 días del mes siguiente. Así tendrás tiempo de revisar errores antes del día 10 (retenciones/TSS), el día 15 (606/607) y el día 20 (IT-1) sin apuros.
Si tu empresa es una sociedad (SRL, SA, EIRL), debes presentar el IR-3 dentro de los 120 días después del cierre de tu ejercicio fiscal. Para empresas con cierre en diciembre, el vencimiento es el 30 de abril.
Las personas físicas con actividad empresarial presentan el IR-2 antes del 28 de febrero. Las personas físicas sin actividad empresarial (asalariados) tienen hasta el 31 de marzo.
Empresas que tuvieron ISR a pagar en el año anterior están obligadas a hacer pagos anticipados trimestrales en los meses de abril, junio, agosto y octubre. El monto equivale al 50% del ISR del año anterior dividido en 4 cuotas.
MisCuentas lleva el registro de tus facturas durante todo el mes para que el 606, 607 e IT-1 estén listos antes de las fechas límite. Sin carreras de último minuto.
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Sí, el 606 y 607 siempre vencen el día 15 del mes siguiente al período que se reporta. Si el 15 cae en feriado, se corre al siguiente día hábil.
Sí. La declaración mensual del ITBIS (formulario IT-1) vence el día 20 de cada mes para el período del mes anterior.
Las empresas con cierre fiscal distinto a diciembre tienen sus propias fechas para el IR-3: 120 días después de su fecha de cierre. Por ejemplo, cierre en junio = vence en octubre.
Si en el último IR-3 presentado tuviste ISR a pagar (impuesto determinado), estás obligado a hacer pagos anticipados trimestrales en el próximo año fiscal. Tu contador o MisCuentas puede ayudarte a calcular el monto.